- El concepto debe coincidir con la autorización, no solo con un importe parecido; la 012 policial y la 026 de nacionalidad son distintas.
- La tabla reproduce conceptos del anexo del BOE comprobado; coteja el importe del modelo oficial antes de ingresar.
- En la vía electrónica de la tasa, completa pago, firma y envío y descarga el registro; después cumple la presentación de la autorización.
- Un cargo, un PDF sin pagar y un resguardo de solicitud acreditan hechos diferentes.
Qué pagas con la 790 código 052
La 052 liquida actuaciones de autorizaciones de residencia y otra documentación gestionada por Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Para empezar, abre el formulario oficial de impresión y selección de provincia o consulta las instrucciones de pago y registro electrónico. La pantalla de impresión advierte que no se utiliza para expedientes policiales.
Identifica permiso, fase y persona a cuyo favor se tramita. Una autorización inicial, renovación, modificación y expedición de TIE no son conceptos intercambiables. La 790-012 cubre actuaciones policiales; la 790-026 corresponde a nacionalidad. Pagar cualquiera de ellas no acredita el ingreso de otra.
Cómo elegir el concepto antes del ingreso
- Localiza en la hoja vigente el nombre completo de tu autorización y si es inicial, renovación, prórroga o modificación.
- Comprueba quién debe pagar y si existe gratuidad o exención específica.
- Selecciona provincia y régimen reglamentario aplicables cuando el formulario lo pida. Utiliza la norma del expediente, especialmente en procedimientos transitorios.
- Compara el concepto completo del modelo con tu actuación; no lo elijas solo porque tenga el mismo precio.
- Revisa sujeto, identificación, importe y referencia antes de confirmar el pago.
El artículo 3 de la Orden PJC/617/2025 regula sujetos y exenciones: la tasa de residencia se distingue de la de trabajo por cuenta ajena a cargo del empleador. La exención de determinadas tasas de trabajo no debe extenderse sin fundamento a toda 052.

Conceptos e importes del anexo oficial consultado
La siguiente selección procede del anexo de la Orden PJC/617/2025, consultado el 17 de octubre de 2026. Es una referencia normativa, no una captura de una liquidación personal. El artículo 1 prevé las actualizaciones presupuestarias que correspondan: coteja siempre el modelo vigente antes de pagar.
| Epígrafe | Actuación | Importe del anexo |
|---|---|---|
| 1.1.1 | Estancia inicial de larga duración por estudios y supuestos incluidos | 10,94 € |
| 1.1.2 | Prórroga de esa estancia en los supuestos incluidos | 17,49 € |
| 2.1.1 / 2.1.2 / 2.1.3 | Inicial no lucrativa / reagrupación / residencia y trabajo | 10,94 € |
| 2.2.1 / 2.2.2 / 2.2.3 | Renovación no lucrativa / reagrupación / residencia y trabajo | 16,40 € |
| 2.3.1 | Arraigo: segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo o familiar | 38,28 € |
| 2.4 | Prórroga o renovación por circunstancias excepcionales | 16,40 € |
| 2.5.1 | Modificación de estudios o formación a residencia y trabajo o excepción | 10,94 € |
| 2.6 | Larga duración nacional o UE | 21,87 € |
La hoja 18 de familiares de personas españolas, actualizada en abril de 2026, declara gratuita esa autorización. No marques arraigo familiar por cualquier parentesco con español. Su tarjeta posterior tiene tasa policial propia. Para elegir régimen se ha consultado el Reglamento consolidado con actualización de septiembre de 2026, no solo su redacción inicial.
Impresión y pago en entidad colaboradora
La sede ofrece obtener el PDF e imprimir todas sus páginas para pagar o adeudar en una entidad colaboradora, presentando los ejemplares incluso si eliges adeudo. Descargar el modelo o marcar una forma de ingreso no acredita que el banco haya realizado el pago.
Abre el documento antes de pagar y revisa identidad, código 052, concepto, cantidad y provincia. Conserva el ejemplar validado y la referencia bancaria. La Orden, artículo 2, contempla copia con NRC como acreditación y su remisión al órgano competente en quince días desde el pago. Adjunta esa prueba por el canal del expediente y guarda el registro de la aportación cuando corresponda.
Pago electrónico: terminar también firma y registro
En la vía electrónica, la instrucción de la sede separa el ingreso mediante la pasarela de la AEAT de la firma y envío de la tasa. Después de pagar, completa el registro y descarga el justificante devuelto; continúa con las actuaciones asociadas a la autorización.
- Revisa provincia, sujeto y concepto.
- Utiliza la identificación y forma de pago admitidas por el servicio.
- Comprueba el resultado del ingreso antes de repetir si aparece un error.
- Finaliza la firma y envío de la tasa.
- Descarga el justificante de registro y conserva el pago.
- Verifica que también has registrado la solicitud de autorización y acreditado en ella la tasa.
La revisión alcanzó las instrucciones públicas y la pantalla inicial de impresión; no incluyó una operación autenticada ni un pago. No se garantiza una tarjeta bancaria, aplicación o modalidad concreta para cualquier persona.
Cuándo pagar y quién debe figurar
La Orden, artículo 2.5, fija con carácter general diez días hábiles de pago voluntario desde la presentación, con el supuesto específico vinculado al alta que allí recoge. Su artículo 2.3 establece el abono en el acto de presentación electrónica de solicitudes de residencia o trabajo. No uses «diez días» como permiso general para omitir el pago exigible al presentar electrónicamente.
Revisa la liquidación y la hoja del procedimiento; si contienen un punto de partida distinto, pide aclaración al órgano sin dejar vencer el más próximo. La instrucción PDF de 2012 todavía enlazada en la sede cita el Reglamento anterior y no debe ser la única referencia normativa. El pago y su justificante deben identificar al sujeto correcto, aunque otra persona ayude a realizarlo.
Qué acredita cada justificante
| Documento o referencia | Qué debes comprobar |
|---|---|
| Modelo generado | Liquidación e identidad; puede seguir sin pagar. |
| Validación bancaria o NRC | Ingreso relacionado con sujeto, referencia e importe. |
| Registro electrónico de tasa | Envío de la tasa por esa vía. |
| Registro de solicitud o aportación | Presentación de la actuación de extranjería y sus anexos. |
Para recuperar un registro de tasa, la ficha de descarga de justificante pide NRC, NIF/NIE, importe y número de registro. No es el servicio de consulta del expediente de residencia. Si falta solo una copia, intenta recuperarla antes de ingresar otra vez.
Ejemplo: renovación y tarjeta posterior
Una persona prepara renovación de residencia y trabajo. Contrasta el concepto 2.2.3 de la 052 con su procedimiento, acredita el pago y conserva la solicitud registrada. Revisa aparte la tasa de trabajo que corresponda al empleador. Cuando recibe concesión, comprueba la actuación de tarjeta y su 012.
Los 16,40 € del anexo para ese concepto de residencia no son el precio de todo el expediente ni de cualquier TIE. El ejemplo es hipotético: distingue obligaciones y comprobantes sin afirmar que pagar asegure una resolución favorable.
Error, cargo duplicado o devolución
Ante un cargo con pantalla de error, conserva modelo, fecha, importe y mensaje; comprueba con el banco y el soporte de tasas qué ocurrió. Un problema de generación o pago no se resuelve eligiendo por intuición otro concepto. Una complementaria tampoco corrige automáticamente cualquier identidad o procedimiento equivocados.
Para un ingreso indebido, la sede publica solicitud electrónica y modelo manual. Dirige la petición a la Delegación o Subdelegación que tramite el expediente, explica el motivo y aporta las pruebas del ingreso y del derecho alegado. Guarda el registro. Se resuelve la procedencia de devolución; no se promete cobro ni plazo universal. La mera denegación de residencia no acredita por sí sola que una tasa por tramitación fuera indebida.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el importe de la 052?
Depende del concepto. El anexo consultado recoge, por ejemplo, 10,94 € para determinadas iniciales, 16,40 € para ciertas renovaciones y 38,28 € para arraigo. Coteja la descripción y el importe del modelo vigente; no hay una cantidad universal.
¿La autorización de familiar de español paga arraigo familiar?
No debe elegirse por ese nombre. La hoja 18 declara gratuita la autorización de familiares de personas españolas. Su documentación de tarjeta se comprueba aparte en la tasa policial 012.
¿Pagar y registrar la tasa presenta mi residencia?
No. Debes completar también la solicitud de autorización por su canal y acreditar el pago cuando corresponda. Conserva resguardos distintos para tasa y solicitud.
¿Tengo siempre diez días para pagar después?
La Orden regula diez días hábiles con sus puntos de partida y exige el pago en el acto de presentación electrónica de solicitudes de residencia o trabajo. Comprueba la modalidad y la liquidación concreta.
¿Qué hago si se cobró pero no tengo justificante?
Revisa el resultado con la entidad y el soporte oficial antes de repetir. Si existe registro de tasa, su ficha de recuperación pide NRC, identidad del sujeto, importe y número de registro.
¿Cómo pido devolución si pagué dos veces?
Reúne ambos justificantes y utiliza el procedimiento de ingresos indebidos de la sede, dirigido al órgano competente. La duplicidad debe acreditarse y la devolución requiere decisión; no se realiza automáticamente.
Fuentes consultadas
- Sede: instrucciones de las dos vías de tasa 052
- Formulario oficial: provincia y advertencia sobre expedientes policiales
- BOE: Orden PJC/617/2025, artículos 1 a 3 y anexo
- BOE: Reglamento consolidado a septiembre de 2026
- Inclusión: hoja 18 y gratuidad de la autorización
- Sede: recuperar justificante de registro
- Sede: devolución de ingresos indebidos
Consulta estas páginas oficiales antes de presentar documentos o pagar tasas. Revisión editorial: .
Usa la guía para orientarte y confirma siempre el trámite en el organismo competente.