- Es un anticipo de una deducción del IRPF, no un pago universal por tener un hijo.
- La AEAT contempla 100 euros mensuales por hijo para quienes tienen derecho.
- El complemento de ayuda a la infancia exige revisar la regla y su excepción.
- Las variaciones del anticipo se comunican en quince días naturales cuando corresponda.
Qué solicitas cuando presentas el modelo 140
El modelo 140 permite pedir el abono anticipado de la deducción por maternidad y comunicar variaciones que afecten a ese anticipo. La AEAT lo encuadra en el IRPF. No es una solicitud de la prestación de nacimiento de la Seguridad Social ni una ayuda universal para cualquier familia con hijos.
Antes de presentar, revisa si existe derecho, por qué hijo y durante qué meses. La cifra anunciada de cien euros al mes no sustituye esa comprobación. Si ya percibes el anticipo por el mismo hijo y mantienes los requisitos aplicables, la AEAT indica que no debes presentar otra solicitud idéntica para continuar cobrándolo.
Quién puede tener derecho: comprueba el supuesto completo
En el supuesto ordinario, la información oficial se refiere a mujeres con hijos menores de tres años con derecho al mínimo por descendientes y una de las situaciones que describe: prestación contributiva o asistencial de desempleo al nacer, alta en Seguridad Social o mutualidad al nacimiento, o alta posterior con un mínimo de treinta días cotizados.
La ficha de beneficiarios recoge además situaciones de adopción y otros supuestos familiares, incluidos ambos progenitores del mismo sexo y determinados casos de padre o tutor por fallecimiento de la madre o custodia exclusiva. No traslades la regla ordinaria de edad a una adopción sin revisar sus condiciones. Compara el supuesto completo y no únicamente un requisito aislado.

100 euros mensuales y deducción anual: no son dos cobros distintos
La AEAT describe el anticipo mediante transferencia mensual de cien euros por hijo para quienes tienen derecho. La deducción tiene un máximo general de 1.200 euros anuales, con cálculo por los meses y condiciones que correspondan. Cobrar el anticipo no significa poder volver a sumar íntegramente la misma deducción al presentar Renta.
La ficha de cuantía contempla un incremento de 150 euros en el mes en que se alcanza el periodo mínimo de treinta días para el supuesto de alta posterior al nacimiento. No lo presentes como una cuota mensual adicional para todas las familias. Comprueba el cálculo y su aplicación en la información oficial y en el ejercicio fiscal correspondiente.
Prestaciones que no debes confundir con el modelo 140
| Concepto | Qué debes revisar | Diferencia |
|---|---|---|
| Modelo 140 | Derecho a la deducción y anticipo. | Es una gestión fiscal ante AEAT. |
| Nacimiento y cuidado | Requisitos y solicitud ante el organismo competente. | No se solicita con el 140. |
| Complemento de ayuda a la infancia | Derecho, meses y compatibilidad fiscal aplicable. | No se presume compatible sin revisar la regla. |
| Incremento de guardería | Condiciones y declaración de IRPF. | No se incluye en el anticipo del 140. |
La AEAT limita la deducción en los meses en que se percibe por ese menor el complemento de infancia, con la excepción que describe para derechos anteriores al 1 de enero de 2023. Comprueba ese supuesto en vez de sumar automáticamente ambas cantidades.
Cómo preparar y presentar la solicitud
Abre el procedimiento oficial del modelo 140 y su ayuda de presentación. Reúne identificación del solicitante, datos del hijo, situación que fundamenta el derecho y cuenta requerida. Utiliza los datos de los documentos reales, sin enviar partidas de nacimiento o IBAN a este portal.
- Comprueba requisitos y que no existe una solicitud activa idéntica.
- Elige el canal oficial y la identificación admitida.
- Completa los datos y la cuenta de abono que corresponda.
- Revisa el resumen y firma o presenta por la vía elegida.
- Guarda justificante y referencia.
- Consulta las gestiones de presentados y atiende comunicaciones.
Un borrador o predeclaración sin completar su presentación no acredita el alta del anticipo. Tampoco el registro garantiza que se vaya a abonar al mes siguiente.
Qué revisar cuando cambian tus circunstancias
La AEAT exige comunicar las variaciones que afecten al cobro o incumplimiento de requisitos en quince días naturales desde que se producen las situaciones correspondientes. Identifica la causa y utiliza la gestión oficial de variaciones, conservando el justificante.
No presupongas, sin embargo, que dejar de estar de alta o dejar de percibir desempleo implica siempre interrumpir un anticipo ya reconocido: la información actual contempla su continuidad hasta la edad aplicable cuando se cumplen las condiciones descritas. Revisa la regla completa antes de solicitar una baja o de seguir cobrando sin comprobar otro cambio relevante. Esta guía no decide tu derecho individual por una única circunstancia.
Guardería, regularización y declaración anual
El incremento por gastos de custodia no se incluye en el abono anticipado del modelo 140. Se revisa con sus requisitos específicos en el IRPF. No añadas cualquier factura de cuidado infantil pensando que modificará automáticamente la transferencia mensual.
Si los anticipos superan la deducción a la que tienes derecho, la AEAT describe la regularización en Renta para quienes deben declarar y la actuación administrativa correspondiente para quienes no están obligados. Guarda los importes recibidos y contrástalos con el ejercicio, evitando deducir dos veces el mismo importe. Para seguir el pago de una declaración presentada, utiliza la consulta de devolución, que es otra gestión.
Ejemplo: organizar el derecho y los anticipos por meses
Ejemplo orientativo: una persona reúne las condiciones para varios meses del año y pide el anticipo. Prepara una relación de meses, pagos recibidos y cambios comunicados para contrastarla al declarar. No multiplica doce por cien si no ha comprobado el derecho durante todo el periodo ni vuelve a pedir el mismo hijo al comenzar cada año.
- Supuesto familiar y situación acreditados.
- Relación con el complemento de infancia revisada.
- Solicitud y variaciones guardadas.
- Anticipos diferenciados de otras prestaciones.
La prestación de nacimiento y cuidado se tramita aparte. Un certificado de nacimiento acredita su contenido registral, no la concesión de este anticipo fiscal.
Preguntas frecuentes
¿Todo el mundo cobra cien euros por tener un hijo?
No. Es el anticipo de una deducción con requisitos y meses de derecho. Comprueba el supuesto completo en la AEAT.
¿Tengo que presentar otro 140 cada año por el mismo hijo?
La AEAT indica que no debes repetir la solicitud si ya percibes el anticipo por ese hijo y mantienes los requisitos aplicables.
¿El 140 incluye el incremento por guardería?
No. Ese incremento se revisa en el IRPF con sus condiciones específicas y no forma parte del anticipo mensual.
¿Puede coincidir con el complemento de infancia?
Debes revisar la limitación por meses y la excepción de derechos anteriores al 1 de enero de 2023 que recoge la AEAT. No se garantiza compatibilidad automática.
Fuentes consultadas
- AEAT: modelo 140 y gestiones de presentados
- AEAT: beneficiarios y supuestos familiares
- AEAT: anticipo y comunicación de variaciones
- AEAT: cuantía y relación con complemento de infancia
- AEAT: manual de abono anticipado
Consulta estas páginas oficiales antes de presentar documentos o pagar tasas. Revisión editorial: .
Usa la guía para orientarte y confirma siempre el trámite en el organismo competente.